13 de noviembre de 2010

Netiqueta

La Netiqueta es una adaptación de las reglas de etiqueta del mundo real a las tecnologías y el ambiente virtual. Las normas de Netiqueta suelen variar de acuerdo al entorno social en el cual nos desarrollemos.
En www.netiqueta.org encontramos información acerca de esta serie de convenciones que ordenan el comportamiento en espacios virtuales. La RFC 1855, "Netiquette Guidelines" publicada en 1995 populariza el término. Al principio la netiqueta se centró en los sistemas previos a la world wide web: grupos de noticias, listas y grupos de correo electrónico... estableciendo una base consensual estándar a los moderadores de grupos para borrar mensajes en discusiones públicas. Desde finales de los 90 la netiqueta se desarrolla de forma comunitaria además de las grandes normas comunes. Cada red o comunidad suele especificar unas reglas específicas en los ámbitos dados a la interacción, que se concretan en adaptaciones de la RFC 1855 para los primeros foros web, grupos de IRC, usuarios y redes de e-learning y grupos como Ciberpunk.


Si atendemos a lo recogido en la wikipedia, el decálogo de la netiqueta es el que se incluye a continuación y está basado en el libro “NETiquette” de Virginia Shea:
  • Regla 1: Nunca olvide que la persona que lee el mensaje es en efecto humana con sentimientos que pueden ser lastimados.
  • Regla 2: Adhiérase a los mismos estándares de comportamiento en línea que usted sigue en la vida real.
  • Regla 3: Escribir todo en mayúsculas se considera como gritar y además, dificulta la lectura.
  • Regla 4: Respete el tiempo y ancho de banda de las otras personas.
  • Regla 5: Muestre el lado bueno de su persona mientras se mantenga en línea.
  • Regla 6: Comparta su conocimiento con la comunidad.
  • Regla 7: Ayude a mantener los debates en un ambiente sano y educativo.
  • Regla 8: Respete la privacidad de terceras personas.
  • Regla 9: No abuse de su poder.
  • Regla 10: Perdone los errores ajenos.

En la web de netiqueta.org se nos exponen los principios que rigen la netiqueta básica en espacios más específicos como por ejemplo los blogs. La blogsfera es un espacio de especial relevancia en cuestiones de netiqueta, ya que los sistemas de comentarios presentan muchos elementos comunes con los grupos de noticias. La netiqueta en los blogs se estructura en torno a la aplicación de tres principios:
  1. Principio de soberanía del autor: Los comentarios en blogs son un espacio de participación en la creación o la argumentación de otros, por tanto, rechazar o borrar comentarios no es censura. Un blog y sus posts son creaciones de su autor y da la oportunidad a otros de complementarlos con comentarios. El autor tiene toda la legitimidad para determinar qué comentarios lo complementan y cuáles no.
  2. Principio de complementariedad de los comentarios: Los comentarios son un complemento a la información del post, no un sustituto del propio blog para los comentaristas, por tanto
    • No tienen lugar los comentarios que, no viniendo al caso, intentan una y otra vez forzar un debate o una toma de postura por el autor no planteada o ya cerrada.
    • Los comentarios no pueden ser más largos que el post al que comentan. Si el comentarista necesita más espacio debe escribirlo en su propio blog dando enlace al post original. Si no se hace así, puede clasificarse como trolleo y rechazarse.
    • Los comentarios han de cumplir la netiqueta básica de la comunicación virtual en general.
    • Principio de veracidad de la identidad del comentarista: según el cual son considerados como trolleo los comentarios siguientes:
      • Los sospechosos de haber sido realizados sólo con fines promocionales.
      • Los realizados por la misma persona con distintos nicks representando una conversación o consenso inexistente y en general las suplantaciones de identidad.
      • Los comentarios anónimos al no ser el autor un miembro o conocido de la comunidad responsable del blog y ser este firmado con identidades que no permiten la respuesta en un lugar propio del comentarista por los lectores. 

      En cuanto al decálogo de Virgnia Shea, creo que la única de las normas que es específicamente aplicable y derivada de los espacios virtuales es la regla número tres, sobre escribir todo en mayúsculas que se considera como gritar y dificulta la lectura. El resto constituyen una traslación del comportamiento deseable en el mundo real al virtual.


      Una vez vistas algunas normas generales y otras más específicas de netiqueta, he de decir que aún sin conocer la mayor parte de las mismas, mis correos electrónicos cumplen con ellas. No tengo por costumbre intervenir en foros ni comentar en otros blogs, con lo cual no puedo valorar la adecuación de estas acciones a las mencionadas normas.


      Fuente imagen: antiqueimages.blogspot.com

      12 de noviembre de 2010

      Contenidos abiertos

      "Contenido abierto" como el término genérico creado por analogía con Open Source, intentando adaptar la lógica del "código abierto" al mundo de la cultura y sus productos. En este contexto designa aquellos materiales (archivos de datos, texto, vídeo, audio, imágenes) que no son parte de un programa o un sistema digital aunque están asidos de él y que se publican en un formato explícitamente diseñado para permitir la copia, modificación, distribución y permiso para crear obra derivada. Su naturaleza y sus condiciones de uso y de explotación se recogen actualmente en las licencias Creative Commons.

      Este término fue acuñado en 1998 por David Wiley, en cuyo blog leemos el matiz de diferencia que establece entre contenidos abiertos y contenidos libres o software libre. Los defensores del software libre, como Stallman, hacen más hincapié en el principio filosófico de la libertad, mientras que los que abogan por el software de código abierto centran su mensaje en los beneficios prácticos de la apertura.

      open-source-vs-free-software-tim-oreilly-richard-stallman-485.jpg
      Tim O'Reilly y Richard Stallman (c) O'Reilly - Oscon 2002

      En España el portal contenidos-abiertos.org, cuyo contenido también se encuentra alojado en este blog, fue un proyecto llevado a cabo desde el Departamento de Lenguajes y Sistemas Informáticos de la Universidad de Alicante. En sus propias palabras, se trata de una idea sencilla. Este wiki se dirige especialmente a todos aquellos docentes que crean recursos con la intención de que otros colegas también los puedan aprovechar y reutilizar en su labor. Para lograr esa meta, deberán estar bien informados de cuestiones educativas, pero también otras cuestiones de índole legal y tecnológica. El resultado es un lugar donde podemos encontrar artículos relacionados con los contenidos abiertos, información sobre la normativa sobre propiedad intelectual y sobre las herramientas que nos ayudan a crear estos contenidos.

      El proyecto está inactivo desde hace unos cuantos meses, ya que se cerró tras cuatro años en funcionamiento. La razón, las actitudes en cuanto a compartir recursos que querían transmitir se estaban expandiendo enormemente, así como las ideas del software libre y la noción legal del copyleft. En su despedida muestra la alegría de haber contribuido a este cambio que ven como una democratización del conocimiento. Actualmente el mencionado Departamento se dedica a colaborar en proyectos relacionados con los contenidos abiertos como equipo de investigación sobre bibliotecas digitales y su aplicación a la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes.

      Una muestra es la que se ha marcado el objetivo de recuperar y digitalizar el patrimonio cultural público. Iniciativas como estas no paran de ponerse en marcha. The Ernest Hemingway collection puso a disposición del público una serie de documentos entre los que hay fotografías, manuscritos, correspondencia y periódicos en los que se hace referencia al célebre escritor.
      The Shakespeare Quartos Archive es otro proyecto en el que, a través de la colaboración internacional de diversas instituciones, universidades y bibliotecas, los primeros cuartos de Shakespeare están a nuestra libre disposición.


      El estudio de Felix Oberholzer-Gee y Koleman Strumpf, de la Universidad de Harvard, recogido en “File Sharing and Copyright” indica que gracias al intercambio de archivos digitales se ha producido un aumento de la producción artística y del acceso del público a las obras. Así pues, los contenidos abiertos se presentan como una vía ideal de compartir conocimiento haciendo que crezcamos todos. Y es que como decía Antonio Machado, "en cuestiones de cultura y saber, sólo se pierde lo que se guarda, sólo se gana lo que se da".


      Fuente de imágenes: oreillynet.com y homestayconnection.ca

      11 de noviembre de 2010

      Izquierdo de copia

      Copyleft o izquierdo de copia es un término que surge como un juego de palabras en contraposición a copyright o derecho de copia. Engloba una serie de licencias cuya finalidad es establecer la regulación de las restricciones impuestas por los derechos de autor sobre las creaciones originales. Hay diversas posibilidades de aplicar el copyleft.
      • El copyleft completo significa que todas las partes de la obra original sean modificadas por terceros, salvo la licencia. En otras palabras, se puede usar la obra sin ninguna limitación, incluyendo la libertad de ver cómo está hecha, distribuir copias y modificarla sin restricciones. Eso sí, se limita en cuanto a la licencia para asegurar que el autor de la obra derivada  no imponga sobre la misma condiciones restrictivas.
      • El copyleft parcial supone que algunas partes de la obra original no están expuestas a su modificación ilimitada.  

      En el copyleft se encuentran incluídas las licencias Creative Commons. (CC) son las siglas que hacen referencia a Creative Commons. Se trata de una organización no gubernamental sin ánimo de lucro fundada por Lawrence Lessig, profesor y especialista en ciberderecho de la Universidad de Stanford. Esta organización trata de reducir las barreras legales a la creatividad a través de nueva legislación y nuevas tecnologías.

      En la página web de Creative Commons hay una serie de videos a nuestra disposición en los que se plantea la alternativa al copyright propuesta por Creative Commons en cuanto a los derechos que un autor puede ejercer sobre sus propias obras. En la página web española de Creative Commons también hay colgados algunos videos más.


      Vamos a ver más detalladamente y desde el punto de vista de los derechos en qué consiste esto de las licencias Creative Commons. El hecho de aplicar una licencia de este tipo a una obra no quiere decir que dicha obra no tenga derechos de autor. Estas licencias otorgan algunos derechos a terceros para utilizar las obras siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones. Las condiciones exigibles pueden ser las cuatro siguientes:

      Reconocimiento (Attribution):La explotación de la obra debe reconocer la autoría. Es el equivalente al derecho de cita recogido en el artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual.
      No comercial (Non commercial): La explotación de la obra se restringe a usos no comerciales.
      Sin obras derivadas (No derivate works): La explotación de la obra no incluye el derecho a la transformación para crear una obra derivada.
      Compartir igual (Share alike): La explotación de la obra permite la creación de obras derivadas siempre que mantengan la misma licencia al ser divulgadas.

      Así pues, haciendo la combinación que más nos convenga podemos aplicarla a nuestra obra. Las posibilidades de combinación de las anteriores condiciones dan lugar a las seis licencias posibles entre las que podemos escoger la que mejor se adapte a nuestros propósitos:

      Reconocimiento: Se permite cualquier explotación de la obra, incluyendo la finalidad comercial, la creación y distribución de obras derivadas sin restricción alguna.
      Reconocimiento - No comercial: Se permite la explotación de la obra original citando su autor y no haciendo un uso comercial de la misma. También se permite la creación de obras derivadas, siempre que no se haga un uso comercial.
      Reconocimiento - No comercial - Compartir igual: Se permite la explotación de la obra original citando su autor y no haciendo un uso comercial de la misma. También se permite la creación de obras derivadas, siempre que no se haga un uso comercial y siempre que su distribución se haga con una licencia igual a la que regula la obra original.
      Reconocimiento - No Comercial - Sin obra derivada: Se permite la explotación de la obra original citando su autor y no haciendo un uso comercial de la misma. Y no se permite la creación de obras derivadas.
      Reconocimiento - Compartir igual: Se permite el uso comercial de la obra y de las obras derivadas cuya distribución debe hacerse con una licencia igual a la que regula la obra original.
      Reconocimiento - Sin obra derivada: Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras derivadas.

      A la hora de obtener una de estas licencias hemos de escoger la opción que más se ajuste a nuestros fines. Después habrá que incluir el botón Creative Commons "Algunos derechos reservados" en el lugar donde aparece la obra. La licencia asociada a nuestra obra aparecerá expresada de tres formas:
      • Commons deed: es un resumen fácilmente comprensible del texto legal con los iconos relevantes. El botón Creative Commons enlaza con este resumen.
      • Legal code: es el código legal completo en el que se basa la licencia elegida.
      • Digital code: es un código digital, que puede leer la máquina y que sirve para que los motores de búsqueda y otras aplicaciones identifiquen tu trabajo y sus condiciones de uso.
      El caso es que después de  aprender un poco sobre estos temas, habiendo visto los videos y la explicación más precisa de los derechos, no acaban de encajarme algunas cuestiones. En los videos explicativos se centran en dar una imagen de las licencias como una posibilidad para los autres de no perder por completo los derechos que les corresponden sobre sus creaciones y a la vez contribuir al crecimiento de la cultura y del conocimiento de la humanidad. Suena tan bonito, ¿verdad?

      Las condiciones relativas al reconocimiento y al uso no comercial me parece que concuerdan perfectamente con la idea del video. Pero ¿qué pasa cuando un autor echa el cerrojo a la creación de las obras derivadas? En ese caso ya no encaja con lo que nos muestran los videos. Es cierto que la obra original se puede exhibir, copiar... sin ánimo de lucro, pero ¿dónde se queda el "Wanna work together"?

      Por otra parte, me parece que estas licencias no aportan algo distinto a lo ya recogido en la ley. Ya que un autor puede establecer diversas disposiciones en cuanto a sus derechos de explotación, no así con los derechos morales como ya comenté en entradas anteriores. No obstante, he de decir que sí creo que estas iniciativas contribuyen a dar a conocer de manera masiva los derechos de explotación de los autores y por ende, a que los creadores ejerzan como mejor consideren dichos derechos. Esta circunstancia adquiere una importancia mayor si cabe en los tiempos que corren, ya que en la web 2.0 todos somos autores. En el ciberespacio es de gran utilidad contar con este tipo de licencias que, una vez iniciados en su funcionamiento, mediante simples iconos al estilo de la C de copyright, nos muestran lo que se nos restringe o permite hacer con las obras que van apareciendo en nuestro cibercamino.


      Fuentes de las imágenes: es.creativecommons.org

      10 de noviembre de 2010

      Moral del mínimo esfuerzo

      En el mundo de la publicidad nos encontramos en ocasiones con ofertas que llaman la atención por la facilidad y rapidez con la que se adquieren unos determinados conocimientos u otras características que tradicionalmente se han logrado a través del esfuerzo continuado. Como ya veíamos en entradas anteriores la publicidad exclusivamente trata de lograr que el espectador consuma un determinado producto. Para hacer creíbles estas características casi milagrosas suelen apoyarse en las tecnologías que suplen lo que antes se conseguía con ayuda del esfuerzo a lo largo del tiempo.

      Aprende inglés en sólo un mes
      Descripción del curso: Ahora aprenderás muy fácilmente todo lo que querías saber sobre el idioma inglés. Aprende Inglés en sólo un mes, es en la actualidad el curso de inglés más completo del mercado. Ahora podrás aprender fácilmente a: leer, hablar y a escribir en inglés en un SÓLO 1 MES. Los verbos, frases, y las palabras más usadas en el idioma inglés. Reglas gramaticales, pronombres, sustantivos, adjetivos, etc. Cientos de palabras y el vocabulario más usado en todas las diferentes conversaciones del idioma inglés. Poco tiempo de ameno estudio con el nuevo sistema de HIPNOPEDIA para el estudio y el aprendizaje acelerado del inglés. Podrás leer, escuchar y pronunciar todos los ejercicios y lecciones del inglés. Desde el nivel básico, hasta un nivel avanzado. Una lección por día Y EN 30 DÍAS terminarás el curso.


      Método para aprender a tocar el piano sin aprender solfeo.
      Descripción del curso: Por primera vez, tendrás la oportunidad de aprender a tocar este instrumento desde casa, sin invertir excesivo tiempo ni dinero en pesadas clases teóricas. Las clases de piano no tienen por qué convertirse en un suplicio teórico o en una interminable rutina basada en ejercicios mécanicos sobre el teclado, carentes de una melodía inteligible.

      Pero el tema del mínimo esfuerzo en la publicidad no sólo se puede ver en el ámbito académico. El sector de productos dedicados a la supuesta mejora de la imagen física utiliza este tipo de ofertas publicitarias, en algunos casos de manera muy evidente.

      Abdominales perfectos sin esfuerzo


      ¿Perder hasta diez kilos en tan sólo 30 días?



      La ley del mínimo esfuerzo no tiene por qué verse siempre desde un punto de vista negativo. De hecho, si fuésemos totalmente radicales en ese punto nos veríamos obligados a realizar algunos trabajos que pueden realizar las máquinas por nosotros y que si tuviésemos que realizar nosotros mismos supondrían un gran esfuerzo en unos casos por el cansancio físico que conllevan, en otros por lo monótono y rutinario de la tarea en cuestión. Entonces tendríamos que volver a lavar la ropa en el río, en vez de utilizar conducciones de agua y lavadoras; o para encontrar artículos de revista de una temática determinada no nos quedaría más remedio que empezar a ojear cientos de revistas ya que no podríamos recurrir a los medios digitales para buscar en catálogos de bibliotecas y bases de datos científicas.

      El problema viene al querer aplicar esa ley del mínimo esfuerzo a ocupaciones en las que el esfuerzo que empleo en ellas, sí me aporta cosas interesantes como conocimiento, crecimiento personal... Y en el fondo todo el mundo sabe que hay objetivos como estudiar, aprender un idioma o a tocar un instrumento, que implican un esfuerzo que las tecnologías no pueden evitarnos.


      Fuente imágenes: intercambiosvirtuales.org y te-chino.vediashop.es

      9 de noviembre de 2010

      Software libre

      Free Software as a Social Movement es una entrevista que la revista Znet realizó a Richard Stallman, que es uno de los fundadores del Movimiento del Software Libre y desarrollador del sistema operativo GNU.

      Stallman comienza la entrevista explicando qué el movimiento del software libre se basa en una serie de libertades de las que el usuario debería disfrutar.
      • La libertad 0 es la de ejecutar el software que quiera.
      • La libertad 1 es la de estudiar y modificar el código fuente que quiera.
      • La libertad 2 es la de copiar y distribuir el software como quiera.
      • La libertad 3 es la para crear y distribuir versiones modificadas como quiera.

      Con estas libertades el usuario va controlando el desarrollo del software, mientras que el software no libre, también denominado propietario, mantiene a los usuarios sometidos, indefensos y divididos. Stallman aboga por la libertad del usuario en su relación con los programas informáticos, entendiendo su movimiento como una lucha por esa libertad contra la globalización y el poder empresarial. En este sentido, llega incluso a plantear la opción por el software libre como una elección ética. Cuando Stallman se refiere a la globalización desde el punto de vista del poder empresarial nos hace pensar en Wintel es el término coloquial para aludir al monopolio conformado por el sistema operativo Windows unido al procesador Intel.

      El mundo del software libre pertenece a un momento en que las personas creaban desde cero las herramientas que usaban. Esto unido a la cultura hacker da lugar a un perfil de usuario y una perspectiva casi política en cuanto al uso de internet.

      Las licencias creative commons constituyen una posición intermedia y novedosa. Estas licencias proponen reconocer la autoría de las obras pero intentan ordenar la remezcla. Es un planteamiento antisistema, como de transición, como si fueran anarquistas y social demócratas.

      Aquí vemos un video en el que el propio Richard Stallman habla sobre el software libre en el ámbito educativo.


      Viene a decir nuevamente que el software libre ofrece al usuario la “libertad”, porque le permite crear en colaboración con otros nuevos programas que se puedan adaptar a las necesidades de todos sin límites. El software propietario nos convierte no en usuarios libres sino en clientes, limitando nuestra creatividad y posibilidad de adaptar y mejorar los programas que usamos.

      En el ámbito educativo se han puesto en marcha diversas iniciativas de uso de este tipo de software evitando pagar por las licencias de las versiones de software propietario para hacer las mismas cosas. Un ejemplo de estas iniciativas se ha dado en Extremadura. Sobre este caso concreto se pueden ver algunos datos estadísticos en este enlace.