La piratería digital o piratería informática consiste en la distribución o reproducción ilegal de las fuentes o aplicaciones de productos protegidos por derechos de autor. Se consideran incluidas las obras literarias, musicales, audiovisuales y también los programas informáticos. Consiste en hacer un uso no autorizado de obras cubiertas por las leyes de copyright de forma que violen alguno de los derechos exclusivos del autor, como el derecho de reproducción o el de hacer obras derivadas.
En España la norma que regula el derecho de autor es Ley de Propiedad Intelectual. Concretamente se trata del Texto Refundido de la Ley 11/1987, Real Decreto Legislativo de 12 de abril de 1.996 de Propiedad Intelectual número 1/96. Este texto legar contempla como excepción la copia privada, es decir, autoriza a los particulares la copia o reproducción de una obra protegida para hacer un uso privado de la misma.

La situación de la piratería en España hace que permanezca en el "Informe 301" entre los denominados países “a vigilar” al no proteger adecuadamente la propiedad intelectual. Tal y como lo explica Enrique Dans, se trata de un documento que cada año publica la Administración de los Estados Unidos acerca de las condiciones de protección de la propiedad intelectual en los países con los que lleva a cabo intercambios comerciales. Sin embargo, según Dans la única preocupación de este informe son los intereses económicos del país emisor y no la protección de la cultura o de los derechos de los autores en realidad.
La Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP), es una asociación privada sin ánimo de lucro, que fue creada en 1984 con la misión de defender la Propiedad Intelectual de las obras audiovisuales. En su sitio web nos ofrecen las cifras de la piratería española mediante cuadros y gráficos que recogen los datos de los últimos años.
En nuestro país se han aplicado una serie de condenas en relación con la piratería digital, de las cuales vamos a ver brevemente algunas.
Pero en buceando en la jurisprudencia también vemos que no todo han sido condenas.
A modo de ampliación sobre este tema de la piratería he querido incluir para finalizar este post, un video publicado en el portal de la Agencia CoPeerRight.
El video se titula "Parasites business" y nos proporciona información acerca de cómo funciona la industria basada en descargas ilegales. Esta agencia está especializada en la protección de los Derechos de Autor y la lucha contra la piratería digital en las Redes Peer-to-Peer e Internet.
Fuente imagen: wikimedia commons.
En España la norma que regula el derecho de autor es Ley de Propiedad Intelectual. Concretamente se trata del Texto Refundido de la Ley 11/1987, Real Decreto Legislativo de 12 de abril de 1.996 de Propiedad Intelectual número 1/96. Este texto legar contempla como excepción la copia privada, es decir, autoriza a los particulares la copia o reproducción de una obra protegida para hacer un uso privado de la misma.
La situación de la piratería en España hace que permanezca en el "Informe 301" entre los denominados países “a vigilar” al no proteger adecuadamente la propiedad intelectual. Tal y como lo explica Enrique Dans, se trata de un documento que cada año publica la Administración de los Estados Unidos acerca de las condiciones de protección de la propiedad intelectual en los países con los que lleva a cabo intercambios comerciales. Sin embargo, según Dans la única preocupación de este informe son los intereses económicos del país emisor y no la protección de la cultura o de los derechos de los autores en realidad.
La Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP), es una asociación privada sin ánimo de lucro, que fue creada en 1984 con la misión de defender la Propiedad Intelectual de las obras audiovisuales. En su sitio web nos ofrecen las cifras de la piratería española mediante cuadros y gráficos que recogen los datos de los últimos años.
En nuestro país se han aplicado una serie de condenas en relación con la piratería digital, de las cuales vamos a ver brevemente algunas.
- Sentencia de la Audiencia Provincial de León, de 20 de Enero de 2005. El delito es la defraudación de telecomunicaciones. Se condena al imputado por haberse confeccionado una tarjeta para ver gratis la televisión de pago.
- Sentencia del Juzgado de lo Penal núm. 1 de Logroño, de 25 de noviembre de 2008. Conocido como caso Infopsp. El acusado creó las pagina web www.infopsp.com, www.infowii.net, www.infods.net y www.infops3.net. A través de ellas ofrecía a los usuarios enlaces para obtener directamente una copia ilícita de obras protegidas por derechos de autor. La pena impuesta fue de 6 meses de prisión y 12 meses de multa a razón de 6 euros al día, además de indemnizar a los titulares de los derechos por los perjuicios causados.
- Sentencia de la Audiencia Provincial de Castellón, de 3 de Marzo de 2009. En ella se condena a un establecimiento, en el que se realizaba la distribución de copias ilícitas de videojuegos para diferentes videoconsolas y ordenador, que eran solicitadas por encargo. El fallo le condena a pagar 6 meses de multa a razón de 20 € como cuota diaria y la indemnización por responsabilidad civil que se determine en ejecución de sentencia.
Pero en buceando en la jurisprudencia también vemos que no todo han sido condenas.
- Sentencia absolutoria en España por intercambio de archivos en Internet. El internatua fue absuelto tras haber sido llevado a juicio por intercambiar archivos de música a través de redes P2P utilizadas para tal efecto. La sentencia detalla que su intención no era comercializar con el material audiovisual del que disponía, sino hacerse con copias de productos que le interesaban, lo que no considera delito.
A modo de ampliación sobre este tema de la piratería he querido incluir para finalizar este post, un video publicado en el portal de la Agencia CoPeerRight.
El video se titula "Parasites business" y nos proporciona información acerca de cómo funciona la industria basada en descargas ilegales. Esta agencia está especializada en la protección de los Derechos de Autor y la lucha contra la piratería digital en las Redes Peer-to-Peer e Internet.
Fuente imagen: wikimedia commons.