22 de octubre de 2010

Código deontológico

La práctica a realizar es la construcción de un código de ética profesional para tecnólogos. Para elaborar dicho código podemos consultar códigos deontológicos de otras profesiones como los que se indican a continuación:

Y el resultado es el siguiente:


CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LA PROFESIÓN DE TECNÓLOGO

Sección 1. Compromisos con respecto a las personas
  1. Tratar siempre de mejorar la calidad de vida de las personas afectadas por mi trabajo.
  2. Poner los intereses de la comunidad por encima de los intereses personales o sectoriales.
  3. Mantener en privado cualquier información confidencial obtenida en mi trabajo, cuando dicha confidencialidad esté en consonancia con el interés público y de conformidad con la ley.
Sección 2. Compromisos con respecto a la sociedad
  1. Representar a la institución con la que está afiliado, y tomar las precauciones adecuadas para distinguir entre el punto de vista personal e institucional.
  2. Realizar prácticas justas y equitativas de acuerdo con la profesión.
  3. No utilizar privilegios derivados de esta profesión para obtener beneficios personales.
  4. No aceptar propinas, regalos o favores que puedan perjudicar o parecen alterar el juicio profesional, u ofrecer ningún favor, servicio o cosa de valor para obtener ventajas particulares.
  5. Favorecer los impactos ambientales positivos y minimizar los negativos de las TIC.
Sección 3. Compromisos con respecto a la profesión
  1. Conocer y respetar las leyes vigentes relacionadas con esta profesión.
  2. Adquirir y mantener la competencia profesional actualizando los propios conocimientos y habilidades.
  3. Esforzarse para lograr la más alta calidad, eficacia y dignidad tanto en el proceso como en los resultados del trabajo, tratando de aumentar la competencia y el prestigio de la profesión.
  4. Mejorar la accesibilidad y comprensión pública de las TIC y sus consecuencias.
  5. Ayudar a desarrollar un clima organizacional favorable para actuar éticamente.


Fuente imagen: avatar-cts.com